jueves, 24 de febrero de 2011

CDT

CDT

El CDT (Certificado de Depósito a Término) es un título valor que emite un banco a un cliente que ha hecho un depósito de dinero con el propósito de constituir el CDT.

El CDT se hace por un plazo o término de tiempo determinado que debe ser como mínimo de 30 días.


El CDT es redimible o reembolsable sólo en los plazos y términos pactados al momento de constituir el CDT, lo que quiere decir, que si el CDT se pactó a 360 días el banco no lo pagará ni podrá ser obligado a pagarlo hasta tanto se venza dicho término.
El CDT puede ser negociado o endosado.


Cada entidad financiera fija un monto o valor mínimo para la apertura de un CDT.


La tasa de interés que se paga por un CDT depende del plazo pactado y del monto del CDT.


Por lo general, los intereses o rendimientos financieros se pagan al vencimiento del título valor junto con el capital.


Un CDT puede ser renovado de forma automática
Los rendimientos financieros de los CDTs están sometidos a Retención en la fuente a una tarifa del 7% (10% sobre el 70% del pago o abono en cuenta por concepto de rendimientos financieros).
El rendimiento financiero que se paga por un CDT es superior al que paga una cuenta de ahorros.
La razón por la que una entidad financiera paga intereses superiores por los CDTs, se debe a que un CDT por ser a un plazo determinado, le asegura a la entidad financiera una disponibilidad de efectivo para poder trabajarlo o disponer de él. En cambio, una cuenta de ahorro, el cliente puede llegar a cualquier momento a las oficinas del banco y exigirle su dinero, y el banco está en la obligación de entregárselo, situación que hace que el banco deba tener una gran cantidad de recursos inmovilizados para atender este tipo de circunstancias, algo que no sucede con los CDTs, donde el banco sólo requiere disponer de dinero al momento del vencimiento del CDT, lo que le permite programarse.


El banco puede invertir tranquilamente el dinero de un CDT sin preocuparse por el cliente, lo que le permite rentabilizar el 100% del dinero, algo que no puede hacer con un depósito de una cuenta de ahorros. Supóngase que exista una crisis financiera y todos los ahorradores en un solo día decidan cerrar sus cuentas de ahorro. Cualquier banco sencillamente colapsaría, situación que nunca se presentaría tratándose de CDTs, puesto que el banco no puede ser obligado bajo ninguna circunstancia a pagarlos antes de la fecha de vencimiento, lo que le garantiza una liquidez suficiente para desarrollar su objeto social el cual es invertir y prestar dinero. Esa seguridad permite que el banco logre una mejor rentabilización de los dineros en CDT y a la vez le permita reconocer una mayor tasa de interés al cliente.


Para quien adquiere un CDT es beneficioso porque a la  vez que puede obtener una mayor rentabilidad, y además es fija, es decir, que si un CDT se pacta a un 10%, así las tasas de interés en el mercado financiero disminuyan, el banco debe pagar la tarifa inicialmente pactada.


Una desventaja para quien constituye un CDT puede ser la imposibilidad de convertirlo en efectivo antes del plazo pactado, lo que en parte es posible de solucionar puesto que un CDT se puede negociar mediante Endoso, pero en tales casos se hará sacrificando parte del rendimiento inicialmente esperado. En este caso sucede la situación inversa a la del banco, puesto que el cliente debe sacrificar liquidez y disponibilidad de efectivo por rentabilidad, y el banco asegura liquidez y disponibilidad sacrificando una menor rentabilidad puesto que debe pagar al cliente un rendimiento mayor.

CLASES DE CDT:
  tiene dos tipos de CDT:
  •  No Capitalizables
  • Capitalizables con tasa fija y variable.

 CDT No Capitalizable.
Es el CDT tradicional, el cual puede ser pactado a una tasa fija o variable, con la flexibilidad en la periodicidad del pago de los intereses que pueden ser mensuales, trimestrales, semestrales o al vencimiento.

 CDT capitalizable.
Es una novedosa modalidad de inversión que se constituye con una tasa fija o variable durante todo el período de su vigencia y además, tiene la ventaja de reinvertir automáticamente los intereses al momento del vencimiento del título.

¿Los CDT Capitalizables tienen período de gracia y son remunerados? Sí, al igual que los CDT tradicionales, el período de gracia para los CDT Capitalizables es de 10 días de calendario incluyendo la fecha de vencimiento para los CDT expedidos a un plazo de 90 días o más. Pero no es remunerado.

¿Los CDT Capitalizables se pueden pactar con pago de intereses anticipados?
No es posible.

El endoso es una cláusula accesoria e inseparable del título de crédito, en virtud de la cual el acreedor cambiario pone a otro en su lugar, transfiriéndole el título con efectos.
La principal función del endoso es su función legitimadora: el endosatario se legítima por medio de una cadena ininterrumpida de endosos.
Son elementos personales del endoso, el endosante y el endosatario; siendo el primero el que transmite el título y el segundo, la persona a quien el título se transfiere.